ECONÓMICO Y FINANCIERA

La entidad no está obligada a auditar sus cuentas según lo estipulado en las disposiciones, de carácter especial, dispuestas por el Real Decreto 1517/2011, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla el texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas, además de los límites establecidos en el art 257 del Real Decreto Legislativo 1/2010, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.